El certificado médico náutico es un requisito indispensable en España para poder gobernar ciertas embarcaciones de recreo. Pero no todas las embarcaciones lo exigen. En este artículo te explicamos exactamente qué tipo de barcos requieren certificado médico, según la titulación necesaria para manejarlos, y en qué casos puedes navegar sin él.
Embarcaciones que sí exigen certificado médico
En general, necesitarás un certificado médico si vas a ser patrón de embarcaciones de recreo propulsadas a motor o vela que superen los 5 metros de eslora, o si te alejas más de 2 millas de la costa. En estos casos, deberás contar con una titulación náutica, y para obtenerla o renovarla, es obligatorio pasar por un centro médico autorizado.
A continuación te detallamos las embarcaciones que requieren certificado médico, vinculadas a la titulación correspondiente:
1. Licencia de Navegación (anterior "titulín")
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Tipo de embarcaciones: hasta 6 metros de eslora, motor limitado a 55 CV (hasta 150 CV si es semirrígida), navegación diurna, máximo a 2 millas de la costa.
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¿Requiere certificado médico? ✔️ Sí
2. Patrón de Navegación Básica (PNB)
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Tipo de embarcaciones: hasta 8 metros (vela) o 7,5 metros (motor), navegación diurna y nocturna, hasta 5 millas de un puerto o abrigo.
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¿Requiere certificado médico? ✔️ Sí
3. Patrón de Embarcaciones de Recreo (PER)
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Tipo de embarcaciones: hasta 15 metros de eslora, navegación hasta 12 millas de la costa y entre islas.
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¿Requiere certificado médico? ✔️ Sí
4. Patrón de Yate
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Tipo de embarcaciones: hasta 24 metros, navegación hasta 150 millas náuticas.
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¿Requiere certificado médico? ✔️ Sí
5. Capitán de Yate
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Tipo de embarcaciones: sin límite de eslora ni de distancia.
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¿Requiere certificado médico? ✔️ Sí
Embarcaciones que no requieren certificado médico
No necesitarás certificado médico si vas a manejar:
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Embarcaciones sin motor o con motor limitado, menores de 5 metros, usadas en aguas interiores o muy próximas a la costa.
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Kayaks, paddle surf, tablas de windsurf, hidropedales u otros elementos recreativos no considerados como embarcaciones de recreo por la normativa.
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Embarcaciones con titulación no obligatoria, siempre que no superen las condiciones establecidas por la Dirección General de la Marina Mercante.
⚠️ Importante: aunque no se exija certificado, sigue siendo tu responsabilidad navegar en condiciones físicas adecuadas para garantizar la seguridad tuya y de los demás.
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